Los graves cuestionamientos contra presuntos actos de corrupción en el gobierno de Pedro Castillo son un indicador negativo. Pero lo es más la actitud de las entidades del Estado que pareciera que hacen caso omiso a las evidencias de que algo malo está ocurriendo y estarían “blindando” al jefe de Estado.
A inicios de este año 2022, la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera, abrió investigación preliminar al presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones, por la presunta comisión de los delitos contra la administración pública (tráfico de influencias agravado, en su calidad de autor) y colusión (en calidad de partícipe), en agravio del Estado peruano.
Sin embargo, y ante la sorpresa de todos los peruanos, la propia Fiscalía de la Nación suspendió el inicio de los actos de investigación “hasta la culminación de su mandato presidencial en razón de su inmunidad absoluta que trasciende el ámbito procesal penal”. El portal gob.pe precisó que la disposición fiscal N° 1, del 4 de enero de 2021, fue debidamente notificada a la defensa del presidente.
Sobre el argumento de que el presidente no puede ser investigado, varios analistas lo han rebatido. Incluso el Procurador General del Estado, Daniel Soria Luján ha señalado que el presidente no puede ser “acusado”, pero “sí puede ser investigado”.
“En la Constitución existe el artículo 117 que señala que el presidente solo puede ser acusado en su mandato por cuatro delitos: traición a la patria, impedir elecciones, cerrar el Congreso, fuera del supuesto de la denegación de confianza de dos gabinetes, y por impedir el funcionamiento del Parlamento y los órganos de justicia. […] Este artículo dice que no puede ser sometido a acusación constitucional […] pero en nuestro sistema existe una etapa previa que se llama la investigación preliminar de altos funcionarios que la realiza la Fiscalía de la Nación”, señaló.
Soria señaló que, con base en las diversas interpretaciones existentes del artículo 117° de la Constitución Política, evaluará acudir al Poder Judicial o al Tribunal Constitucional para obtener una interpretación segura y predecible “por tratarse de un conflicto de interpretaciones constitucionales”.
En todo caso, la decisión de investigar a Castillo hasta el término de su mandato –dentro de cinco años– implica el posible riesgo de que las pruebas se desvanezcan. ¿Tiempo al tiempo?
Recordemos que, en el comunicado oficial del Ministerio Público emitido por la oficina de imagen institucional, se afirma que en esta investigación existen hechos atribuibles al jefe de Estado en la licitación del proyecto ‘Puente Tarata III’ (San Martín) y en la licitación para abastecer de Biodiesel B100 a Petroperú, en el período enero–abril 2022.
Se le atribuye a Pedro Castillo Terrones haber intervenido presuntamente –indebida e indirectamente– en el proceso de licitación pública para la construcción del puente vehicular Tarata sobre el río Huallaga (San Martín) a fin de que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de Provías Descentralizado, otorgue la buena pro a favor del consorcio Puente Tarata III.
Para tal efecto, habría contado presumiblemente con la participación de Karelim López Arredondo, quien, en su condición de asesora de una de las empresas del citado consorcio, se presume realizó gestiones ante el presidente de la República para favorecer la adjudicación de dicho proyecto al consorcio Tarata III, por S/ 232.5 millones, como ocurrió el 19 de octubre de 2021.
Al jefe de Estado también se le atribuye que habría intervenido –indebida e indirectamente– en el proceso para la adquisición de Biodiesel B100 en el mercado local para el período enero-abril 2022, con la finalidad de que la empresa Heaven Petroleum Operator, dirigida por el empresario Samir Abudayeh, gane un contrato por la suma de US$ 74 millones. Como se aprecia, son síntomas muy preocupantes de que estamos de mal en peor.