La Corte Suprema de Justicia de Honduras declaró inconstitucional la Ley para la Protección de Obtenciones Vegetales, conocida también como Ley Monsanto, aprobada por el Congreso del país centroamericano en 2012. A partir de esta legislación, se prohibía guardar semillas, regalarlas e intercambiarlas. Esta iniciativa se dió en el marco de la avanzada de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV), una organización que, como explica GRAIN, «trabaja exclusiva y explícitamente por la privatización de las semillas en todo el mundo, mediante la imposición de los derechos de propiedad intelectual sobre las variedades vegetales». El Estado hondureño es uno de los que suscribió el Convenio UPOV.
La Asociación Nacional para el Fomento de la Agricultura Ecológica (ANAFAE), un colectivo que desde hace más de 25 años defiende la agricultura ecológica y la soberanía alimentaria en Honduras, vienen denunciando esta ley desde que se aprobó y en 2016 había interpuesto un recurso legal para declararla inconstitucional, que fue rechazado. Dos años después, colectivos de campesinos/as y productores/as independientes presentaron un nuevo recurso, que dió lugar a la declaración de inconstitucionalidad de la ley en noviembre pasado y comunicado públicamente a finales de enero de este año.
En el dictamen a favor de la inconstitucionalidad, 5 son los puntos centrales de la presentación:
- «El Decreto Legislativo N° 21-2012 atenta contra la soberanía y la libre determinación de nuestro país, al otorgar derechos de obtención de nuestras semillas criollas y variedades vegetales para uso eminentemente comercial en detrimento de la libre disposición de nuestras riquezas y recursos naturales».
- «El Convenio UPOV, mediante el Decreto Legislativo N° 21-2012, violenta preceptos constitucionales a favor de la vida, la dignidad humana y el derecho de los hondureños y hondureñas a tener un nivel de vida adecuado».
- «Atenta contra el derecho humano a la alimentación y a la salud como el derecho de los pueblos a alimentos nutritivos, saludables y culturalmente adecuados, en términos de acceso, disponibilidad e inocuidad».
- «El Decreto 21-2012, por razón de contenido, contradice el artículo 145 constitucional que reconoce la obligación del Estado de Honduras de conservar el medio ambiente adecuado para proteger la salud de sus habitantes».
- «El Decreto Legislativo 21-2012, contentivo de la Ley para la Protección de los Derechos de Obtención de Vegetales, contraviene el deber del Estado de Honduras de tutelar nuestras culturas nativas y derechos del agricultor constitucional e internacionalmente reconocidos».
Estos planteos dieron lugar a que la Corte Suprema de Justicia de Honduras resolviera, por unanimidad, declarar «la inconstitucionalidad total de la Ley para la protección de obtenciones de vegetales, por contravenir, restringir y menoscabar la normativa constitucional, tratados internacionales suscritos por Honduras, así como estándares internacionales relacionados a la protección del derecho a una alimentación adecuada».
Para la ANAFAE, más que incentivar la privatización de las semillas, el Estado debería promover las ferias donde se intercambian y venden éstas y apoyar el flujo de los materiales genéticos para la agricultura y la alimentación entre campesinas, campesinos e indígenas de Honduras. Además, debería facilitar la conservación, el manejo y el uso de las semillas nativas como una estrategia de adaptación al cambio climático.
Las semillas son fundamentales para la vida y para ejercer plenamente el derecho humano a la alimentación. Sin semillas, no hay alimento y, sin alimento, no hay pueblos. Luego de 10 años de lucha, las y los campesinos de Honduras obtuvieron una victoria contundente en defensa de la vida y la soberanía alimentaria.